Comprar un auto nuevo, nunca fue tan fácil.

Ahora es más fácil comprar el auto que tanto esperabas con el Préstamo Vehicular de BanBif.


  • Tasas preferenciales.
  • Prepagos en cualquier momento y por cualquier importe sin ningún costo.
  • Puedes acceder sin costo alguno a información detallada de tu crédito, afiliándote a nuestro servicio BIFnet - Banca por Internet.
  • Contamos con una amplia Red de Oficinas, algunas de ellas con horarios extendidos.

  • Préstamo en Nuevos Soles o Dólares.
  • Opción de cuotas dobles en julio y diciembre.
  • Permite financiar cualquier marca y modelo de vehículo para uso particular.
  • Financiamiento:
    • Auto nuevo: Se financia el 80% del valor de compra.
    • Auto usado: Hasta 3 años de antigüedad y se financia el 70% sobre el valor de la tasación

  • Ingreso neto mínimo requerido: S/.2,400.
  • Edad máxima: 69 años.
  • Documento de identidad del titular y cónyuge, si fuera el caso.
  • Último recibo de luz o teléfono fijo del mes.
  • Antigüedad laboral: 1 año dependiente, 2 años independiente.
  • No presentar información adversa en la Central de Riesgo.
  • Documentos que acreditan ingresos:
    • Dependiente (5ta. Categoría)
      • 2 últimas boletas de pago (3 últimas si el ingreso es variable).
      • Estado de cuenta de AFP último trimestre o CTS bancaria o Haberes bancario.
    • Independiente (4ta. Categoría)
      • Recibos por honorarios de los 3 últimos meses y/o Declaración jurada mensual a Sunat.
      • Declaración jurada anual – Impuesto a la renta (2 años)
    • Independiente (3ra. Categoría)
      • Declaración jurada mensual a Sunat (3 últimos meses)
      • Declaración jurada anual – Impuesto a la renta (2 años)



  1. ¿Qué es un préstamo vehicular?
    Es un préstamo personal en moneda extranjera que permite financiar la compra de vehículos nuevos y usados*.
    (*) Autos usados hasta 3 años de antigüedad
  2. ¿Cuáles son los requisitos para acceder a un Crédito Vehicular?
    • Documento de identidad.
    • Ultimo recibo de servicios cancelado.
    • Sustento de ingresos.
  3. ¿El préstamo vehicular es contra garantía?
    Sí, contra la prenda del vehículo a financiar.
  4. ¿Cómo realizo el pago de mi préstamo?
    En las ventanillas de nuestras oficinas, por Internet a través del servicio BIFnet o mediante el cargo automático en cuenta corriente o ahorros.
  5. ¿Puedo realizar prepagos o cancelar mi crédito en cualquier momento?
    Sí.
  6. ¿Se cobra penalidad por prepago parcial o cancelaciones anticipadas de mi crédito?
    No, el Banco no aplica penalidades por los pagos anticipados ni cancelación anticipada del crédito con recursos del cliente.
  7. ¿Como se aplica a la deuda el importe del prepago?
    El importe del prepago se aplica a cancelar los intereses, comisiones y gastos generados a la fecha del prepago y la diferencia al saldo del capital adeudado.
  8. ¿Como queda el cronograma después de un prepago?
    Al efectuar un prepago, podrás decidir si reduce el número de cuotas manteniendo el valor aproximado de la cuota que venía pagando, o si reduce el valor de su cuota manteniendo el plazo original pactado. Se debe generar un nuevo cronograma de pagos.
  9. ¿Cuándo entra un crédito en mora?
    Al día siguiente de la fecha de vencimiento de la cuota
  10. ¿Dónde consulto los saldos y movimientos de mi préstamo?
    Puedes realizarlo a través del BIFnet - Banca por Internet, previa afiliación, saldomáticos ubicados en nuestras oficinas a nivel nacional, Banca Telefónica 625-3300 ó 0-801-0-0456 (provincias).



Información sobre los costos de nuestro producto disponible en nuestro tarifario, saldomáticos y plataformas de atención al cliente de nuestras oficinas, así como en nuestra página web www.BanBif.com.pe, a través del enlace “Tarifario General”.
Para mayor información, llámanos a nuestra Banca Telefónica 625 3300 ó 0-801-0-0456 (provincias), visítanos en nuestra página web www.BanBif.com.pe o en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional.
Esta información se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y su Reglamento aprobado mediante Resolución SBS Nº 1765-2005.