Se trata de un medio de pago de Comercio Exterior por el cual un importador (ordenante) instruye a su banco en el exterior a emitir una Carta de Crédito a favor de un exportador peruano (beneficiario) por una operación de compra – venta de mercaderías/servicios. Las Cartas de Crédito pueden ser AVISADAS y CONFIRMADAS según las responsabilidades que asuman los bancos en cada caso.
|
Información sobre los costos de nuestro producto disponible en nuestro tarifario, saldomáticos y plataformas de atención al cliente de nuestras oficinas, así como en nuestra página web www.bif.com.pe, a través del enlace “Tarifario General BIF”.
Para mayor información, llámanos a nuestra Banca Telefónica 625 3333 ó 0-801-0-0457 (provincias), visítanos en nuestra página web www.bif.com.pe o en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional.
Esta información se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y su Reglamento aprobado mediante Resolución SBS Nº 1765-2005.
|