Se trata de un medio de pago de Comercio Exterior por el cual un importador (ordenante) instruye a su banco en el exterior a emitir una Carta de Crédito a favor de un exportador peruano (beneficiario) por una operación de compra – venta de mercaderías/servicios. Las Cartas de Crédito pueden ser AVISADAS y CONFIRMADAS según las responsabilidades que asuman los bancos en cada caso.
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